La renta de personas naturales del año gravable 2026 se presenta del 10 de agosto al 26 de octubre de 2027, según los dos últimos dígitos del documento. El IVA bimestral de enero–febrero vence entre el 9 y el 23 de marzo de 2027.
Son fechas calculadas con la regla del Decreto 2229 de 2023 y los festivos de 2027 (método comprobado contra el calendario 2026). La DIAN publica el PDF oficial a fin de año: confírmalas ahí antes de comprometer a un cliente.
De dónde salen las fechas (y por qué ya se pueden calcular)
El Decreto 2229 de 2023 fijó los plazos tributarios nacionales con una regla que no vence cada año: la tabla de renta de personas naturales está redactada para "agosto, septiembre y octubre de 2024 y en adelante para cada año subsiguiente", y expresa cada plazo en días hábiles ("séptimo día hábil de agosto", "décimo séptimo día hábil de octubre"). Lo único que cambia de un año a otro es qué días son hábiles, porque los festivos caen en fechas distintas.
Por eso podemos calcular 2027 hoy: contamos los días hábiles (sin sábados, domingos ni festivos de la Ley 51 de 1983) sobre la regla del decreto. Para comprobar el método lo aplicamos a 2026 y obtenemos del 12 de agosto al 26 de octubre, las mismas fechas del calendario DIAN 2026.
Lo que esto no es: el calendario oficial. La DIAN lo publica como PDF a finales de año y puede ajustarlo después. Usa estas fechas para planear y confirma cada una con el PDF oficial antes de comprometer un cliente.
Renta de personas naturales 2027: fecha por terminación de documento
La declaración del año gravable 2026 se presenta entre el 10 de agosto y el 26 de octubre de 2027. El pago es en una sola cuota. La fecha depende de los dos últimos dígitos del NIT o la cédula, sin el dígito de verificación.
Tabla completa
| Últimos dos dígitos | Fecha límite (agosto 2027) |
|---|---|
| 01 y 02 | martes 10 de agosto |
| 03 y 04 | miércoles 11 de agosto |
| 05 y 06 | jueves 12 de agosto |
| 07 y 08 | viernes 13 de agosto |
| 09 y 10 | martes 17 de agosto |
| 11 y 12 | miércoles 18 de agosto |
| 13 y 14 | jueves 19 de agosto |
| 15 y 16 | viernes 20 de agosto |
| 17 y 18 | lunes 23 de agosto |
| 19 y 20 | martes 24 de agosto |
| 21 y 22 | miércoles 25 de agosto |
| 23 y 24 | jueves 26 de agosto |
| 25 y 26 | viernes 27 de agosto |
| 27 y 28 | lunes 30 de agosto |
| 29 y 30 | martes 31 de agosto |
| Últimos dos dígitos | Fecha límite (septiembre 2027) |
|---|---|
| 31 y 32 | miércoles 1 de septiembre |
| 33 y 34 | jueves 2 de septiembre |
| 35 y 36 | viernes 3 de septiembre |
| 37 y 38 | lunes 6 de septiembre |
| 39 y 40 | miércoles 1 de septiembre |
| 41 y 42 | jueves 2 de septiembre |
| 43 y 44 | viernes 3 de septiembre |
| 45 y 46 | lunes 6 de septiembre |
| 47 y 48 | martes 7 de septiembre |
| 49 y 50 | miércoles 8 de septiembre |
| 51 y 52 | jueves 9 de septiembre |
| 53 y 54 | viernes 10 de septiembre |
| 55 y 56 | lunes 13 de septiembre |
| 57 y 58 | martes 14 de septiembre |
| 59 y 60 | miércoles 15 de septiembre |
| 61 y 62 | jueves 16 de septiembre |
| 63 y 64 | viernes 17 de septiembre |
| 65 y 66 | lunes 20 de septiembre |
| Últimos dos dígitos | Fecha límite (octubre 2027) |
|---|---|
| 67 y 68 | viernes 1 de octubre |
| 69 y 70 | lunes 4 de octubre |
| 71 y 72 | martes 5 de octubre |
| 73 y 74 | miércoles 6 de octubre |
| 75 y 76 | jueves 7 de octubre |
| 77 y 78 | viernes 8 de octubre |
| 79 y 80 | lunes 11 de octubre |
| 81 y 82 | martes 12 de octubre |
| 83 y 84 | miércoles 13 de octubre |
| 85 y 86 | jueves 14 de octubre |
| 87 y 88 | viernes 15 de octubre |
| 89 y 90 | martes 19 de octubre |
| 91 y 92 | miércoles 20 de octubre |
| 93 y 94 | jueves 21 de octubre |
| 95 y 96 | viernes 22 de octubre |
| 97 y 98 | lunes 25 de octubre |
| 99 y 00 | martes 26 de octubre |
Si no sabes si debes declarar, empieza por la guía ¿Debo declarar renta en 2027?: tiene los topes en pesos y un verificador.
2026 frente a 2027: qué se mueve
| Hito de renta de personas naturales | 2026 (calendario DIAN) | 2027 (calculado) |
|---|---|---|
| Primer vencimiento (terminación 01 y 02) | miércoles 12 de agosto | martes 10 de agosto |
| Primer día de septiembre (terminación 27 y 28) | martes 1 de septiembre | lunes 30 de agosto |
| Primer día de octubre (terminación 67 y 68) | jueves 1 de octubre | viernes 1 de octubre |
| Último vencimiento (terminación 99 y 00) | lunes 26 de octubre | martes 26 de octubre |
El inicio de 2027 se adelanta dos días frente a 2026: el 7 de agosto de 2026 fue viernes y restó un día hábil, mientras que en 2027 cae sábado y no resta ninguno. El cierre coincide: lunes 26 de octubre.
IVA bimestral 2027: fecha por último dígito
Para responsables bimestrales, el Decreto 2229 (art. 1.6.1.13.2.30) asigna el día hábil 7.º a 15.º a los dígitos 1 a 9 y el 16.º al dígito 0, en el segundo mes posterior al cierre del bimestre. Con los festivos de 2027:
| Último dígito | Enero–febrero (vence en marzo) | Marzo–abril (vence en mayo) | Mayo–junio (vence en julio) | Julio–agosto (vence en septiembre) | Septiembre–octubre (vence en noviembre) |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 9 mar | 12 may | 12 jul | 9 sep | 10 nov |
| 2 | 10 mar | 13 may | 13 jul | 10 sep | 11 nov |
| 3 | 11 mar | 14 may | 14 jul | 13 sep | 12 nov |
| 4 | 12 mar | 17 may | 15 jul | 14 sep | 16 nov |
| 5 | 15 mar | 18 may | 16 jul | 15 sep | 17 nov |
| 6 | 16 mar | 19 may | 19 jul | 16 sep | 18 nov |
| 7 | 17 mar | 20 may | 21 jul | 17 sep | 19 nov |
| 8 | 18 mar | 21 may | 22 jul | 20 sep | 22 nov |
| 9 | 19 mar | 24 may | 23 jul | 21 sep | 23 nov |
| 0 | 23 mar | 25 may | 26 jul | 22 sep | 24 nov |
El bimestre noviembre–diciembre de 2027 vence en enero de 2028, con la misma regla de día hábil; lo calcularemos cuando se conozcan los festivos de 2028. Si eres responsable cuatrimestral (enero–abril, mayo–agosto y septiembre–diciembre), tus plazos van a mayo, septiembre y enero siguiente según el art. 1.6.1.13.2.31. Revisa también la guía de IVA descontable y el recurso de vencimientos de IVA.
Retención en la fuente, exógena y renta de empresas
Estas obligaciones también tienen sus tablas en el Decreto 2229, pero aquí no las publicamos hasta cotejarlas contra el texto y el PDF oficial:
- Retención en la fuente (Formulario 350): se declara y paga mes a mes, por último dígito del NIT. Mientras tanto, usa la guía de retención 2026 y el recurso de vencimientos de retención para organizar el proceso.
- Información exógena: los plazos los fija la DIAN por resolución y cambian con cada año gravable. Mira cómo funciona en la guía de exógena.
- Renta de personas jurídicas y grandes contribuyentes: dependen de cuotas y de la clasificación del contribuyente; confirma en el calendario oficial.
Festivos 2027 que usamos para contar días hábiles
| Fecha | Festivo |
|---|---|
| viernes 1 de enero | Año Nuevo |
| lunes 11 de enero | Reyes Magos |
| lunes 22 de marzo | San José |
| jueves 25 de marzo | Jueves Santo |
| viernes 26 de marzo | Viernes Santo |
| sábado 1 de mayo | Día del Trabajo |
| lunes 10 de mayo | Ascensión |
| lunes 31 de mayo | Corpus Christi |
| lunes 7 de junio | Sagrado Corazón |
| lunes 5 de julio | San Pedro y San Pablo |
| martes 20 de julio | Independencia |
| sábado 7 de agosto | Batalla de Boyacá |
| lunes 16 de agosto | Asunción |
| lunes 18 de octubre | Día de la Raza |
| lunes 1 de noviembre | Todos los Santos |
| lunes 15 de noviembre | Independencia de Cartagena |
| miércoles 8 de diciembre | Inmaculada Concepción |
| sábado 25 de diciembre | Navidad |
Los traslados al lunes siguen la Ley 51 de 1983 (Ley Emiliani). Los festivos de Semana Santa dependen de la Pascua, que en 2027 cae el 28 de marzo.
Cómo usarlo en tu despacho o en tu empresa
- Fecha límite no es fecha de trabajo. Define una fecha interna de recepción de documentos, otra de cierre y otra de revisión, todas antes del vencimiento.
- Carga las fechas por cliente en una sola hoja con terminación de NIT, obligación y periodicidad; así un cambio de la DIAN se corrige en un punto.
- Revisa el PDF oficial a fin de año y compáralo con esta tabla antes de enviar recordatorios.
- Cuida los festivos "dobles". Cuando un vencimiento cae cerca de un puente, adelanta la presentación: los portales se congestionan el último día.
El Calendario Tributario PCCOL 2026 sigue siendo útil para lo que falta de este año (hasta 10 clientes, sin costo). Aún no anunciamos una versión 2027.
Preguntas frecuentes
¿El calendario 2027 ya es oficial?
Todavía no existe el PDF oficial de la DIAN. Las fechas de esta guía son un cálculo con la regla del Decreto 2229 de 2023, que aplica "para cada año subsiguiente"; confírmalas cuando la DIAN publique el calendario.
¿Cuándo vence la renta 2027 de una cédula terminada en 00?
Terminación 99 y 00: martes 26 de octubre de 2027 (calculada).
¿Por qué las fechas de 2027 no son iguales a las de 2026?
Porque el decreto cuenta días hábiles y los festivos caen en fechas distintas cada año.
¿Puede cambiar una fecha después de publicado el calendario?
Sí. La DIAN o el Gobierno pueden ajustar plazos por decreto o resolución; revisa siempre la última versión.
¿Qué dígitos uso si mi NIT tiene dígito de verificación?
Ignora el dígito de verificación: usa los dos últimos dígitos del número base.
¿Estas fechas sirven para personas jurídicas?
La tabla de renta es para personas naturales. Las personas jurídicas tienen cuotas y fechas distintas.
Fuentes
- Decreto 2229 de 2023 (plazos tributarios 2024 y siguientes) ↗
- Calendario tributario DIAN 2026 (PDF, para contrastar el método) ↗
Revisión: 29 de octubre de 2026. Esta guía es informativa y no reemplaza la revisión del texto legal ni el criterio profesional. Los ejemplos numéricos son ilustrativos.
